El Consejo de Ministros ha aprobado el nuevo Régimen Jurídico de Explosivos y Sustancias Peligrosas(RJESP), que penaliza la tenencia de explosivos, artículos o artefactos pirotécnicos en recintos deportivos y otros lugares prohibidos.

En este contexto, según la propuesta del Ministerio del Interior (MAI), se establece una pena de prisión de hasta cinco años o multa de hasta 600 días a quien "incurra en transporte, retención, uso, distribución o tenencia de explosivos, artefactos explosivos improvisados o pirotecnia, en recintos deportivos, lugares de concentración de aficionados y de celebración de éxitos deportivos".

También se convierte en delito el uso de artefactos explosivos "en lugares destinados al entrenamiento y la práctica deportiva y en instalaciones de clubes y sociedades deportivas".

El proyecto de ley, que ahora se enviará a la Asamblea de la República, define como objetos prohibidos los artefactos explosivos improvisados o "artículos pirotécnicos", lo que incluye cualquier artefacto que contenga sustancias explosivas o "una mezcla explosiva de sustancias destinada a producir un efecto calorífico, luminoso, sonoro, gaseoso o fumígeno, o una combinación de estos efectos", incluidas las bengalas.

Según el MAI, este nuevo régimen jurídico, que deroga ocho diplomas, "simplifica y aplica un marco legislativo coherente que refuerza la información sobre la cadena de suministro, los mecanismos de control en el momento de la venta y las transacciones con sustancias explosivas".


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