El Consejo de Ministros anunció el 3 de febrero, en un comunicado, que termina la obligación, para los que entran en Portugal, "de presentar la prueba de un resultado negativo de la prueba para los que presenten el certificado digital Covid-19 de la UE en cualquiera de sus formas u otra prueba de vacunación que haya sido reconocida".
Desde el 1 de diciembre de 2021, todos los pasajeros que lleguen a Portugal por vía aérea estaban obligados a presentar una prueba negativa o un certificado de vacunación o de recuperación al desembarcar.
El fin de la exigencia de la prueba negativa, que también se aplica en las fronteras terrestres para los ciudadanos procedentes de países considerados de riesgo rojo o rojo oscuro, se integra en la resolución de modificación de las medidas aplicables en el marco de la pandemia de Covid-19 aprobada por el Gobierno.
Según el Consejo de Ministros, esta resolución introduce "ajustes en relación con la prueba de vacunación que debe presentarse para el acceso a determinados sitios, de acuerdo con los cambios introducidos en el decreto-ley sobre el certificado digital Covid-19", en el que las pruebas rápidas de antígenos tienen ahora una validez de 24 horas.
"Estos ajustes afectan al acceso a establecimientos de alojamiento turístico o local, restaurantes o similares, establecimientos de juego, casinos, bingos o similares, eventos, acceso a gimnasios y centros de fitness", señala el comunicado.
El acceso a estos lugares está sujeto a la presentación de un certificado digital en la modalidad de prueba negativa o de un esquema completo de vacunación.
En cuanto a la vacunación, el certificado digital Covid-19 certificará ahora la realización de la serie de vacunación primaria con más de 14 días y menos de 270 días desde la última dosis, con una vacuna, o la dosis de refuerzo.