Se trata del nuevo régimen fiscal mínimo global, basado en la transposición obligatoria de la directiva europea, a partir de las normas modelo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico(OCDE), con el objetivo de combatir la planificación fiscal agresiva y tratar de ofrecer condiciones de competencia leal a las empresas a escala mundial.
El régimen obliga a los grupos de empresas multinacionales o grandes grupos nacionales a calcular el tipo efectivo del impuesto sobre la renta pagado en cada una de las jurisdicciones en las que el grupo está presente. Cuando este impuesto es inferior al 15% (en cuyo caso se considera que se trata de una jurisdicción de baja imposición), los Estados pueden aplicar un impuesto suplementario hasta ese umbral, que pagará la entidad matriz del grupo económico.
El tipo del 15% es un tipo mínimo, por lo que no se impide a ningún Estado aplicar tipos impositivos más elevados a los beneficios obtenidos en sus jurisdicciones. Sin embargo, puede perder competitividad. Al mismo tiempo, también es un tipo efectivo, por lo que se calcula después de aplicar los beneficios fiscales y otras exenciones o deducciones a la renta o base imponible.
El régimen también prevé algunas normas transitorias, excluyendo, por ejemplo, las situaciones en las que los ingresos medios de las entidades de un grupo sean inferiores a 10 millones de euros y tengan un beneficio neto inferior a un millón de euros. También estipula que las grandes multinacionales escaparán a las multas en virtud del régimen de tributación mínima del 15% hasta los ejercicios fiscales que comiencen en 2026 y finalicen antes de 2028.
El régimen debería cubrir, en Portugal, entre 2.700 y 2.800 entidades, siendo la mayoría una empresa cuya entidad matriz no es portuguesa, según la información recogida por ECO de una fuente del Ministerio de Finanzas.