El Consejo Europeo ha adoptado hoy una recomendación sobre un enfoque coordinado para facilitar la libre circulación segura durante la pandemia de Covid-19.
Según el Consejo Europeo: "Esta recomendación responde al aumento significativo de la aceptación de la vacuna y al rápido despliegue del certificado digital Covid-19 de la UE, y sustituye a la recomendación existente anteriormente. Entrará en vigor el 1 de febrero de 2022, el mismo día que un acto delegado por el que se modifica el Reglamento sobre el certificado digital Covid-19 y se establece un período de aceptación de 270 días para los certificados de vacunación".
Nuevas recomendaciones
Según la nueva recomendación, "las medidas de Covid-19 deben aplicarse teniendo en cuenta el estatus de la persona en lugar de la situación a nivel regional, con la excepción de las zonas en las que el virus circula a niveles muy altos. Esto significa que el estatus de vacunación, prueba o recuperación de Covid-19 de un viajero, tal y como lo demuestra un certificado digital válido de Covid-19 de la UE, debería ser el determinante clave.
"Un enfoque basado en la persona simplificará sustancialmente las normas aplicables y proporcionará mayor claridad y previsibilidad a los viajeros".
El Consejo Europeo señala que un certificado digital Covid-19 de la UE válido incluye
- Un certificado de vacunación para una vacuna aprobada a nivel europeo si han pasado al menos 14 días y no más de 270 días desde la última dosis de la serie de vacunación primaria o si la persona ha recibido una dosis de refuerzo. Los Estados miembros también podrían aceptar certificados de vacunación para vacunas aprobadas por las autoridades nacionales o la OMS.
- Un resultado negativo de la prueba PCR obtenido como máximo 72 horas antes del viaje o una prueba rápida de antígenos negativa obtenida como máximo 24 horas antes del viaje.
- Un certificado de recuperación que indique que no han pasado más de 180 días desde la fecha del primer resultado positivo de la prueba.
La declaración subraya que cualquier persona que no esté en posesión de un certificado digital Covid-19 de la UE podría ser obligada a someterse a una prueba antes de la llegada o a más tardar 24 horas después. Los viajeros con una función o necesidad esencial, los viajeros transfronterizos y los niños menores de 12 años deberían estar exentos de este requisito.
Mapa de las regiones de la UE
La declaración continúa explicando que: "El Centro Europeo para la Prevención y el Control de las Enfermedades (ECDC) debería seguir publicando un mapa de las regiones de los Estados miembros que indique el riesgo potencial de infección según un sistema de semáforo (verde, naranja, rojo, rojo oscuro). El mapa debería basarse en la tasa de notificación de casos a los 14 días, la aceptación de la vacuna y la tasa de pruebas.
"Sobre la base de este mapa, los Estados miembros deben aplicar medidas relativas a los viajes hacia y desde las zonas de color rojo oscuro, donde el virus está circulando a niveles muy altos. En particular, deberían desaconsejar todos los viajes no esenciales y exigir a las personas procedentes de esas zonas que no estén en posesión de un certificado de vacunación o de recuperación que se sometan a una prueba antes de la salida y a una cuarentena después de la llegada".
Freno de emergencia
"Con la nueva recomendación, se refuerza el freno de emergencia para responder a la aparición de nuevas variantes preocupantes o de interés. Cuando un Estado miembro imponga restricciones en respuesta a la aparición de una nueva variante, el Consejo, en estrecha colaboración con la Comisión y con el apoyo del CEPCE, deberá revisar la situación. La Comisión, basándose en la evaluación periódica de las nuevas pruebas sobre las variantes, también puede proponer un debate en el seno del Consejo.
Durante el debate, la Comisión podría proponer que el Consejo acuerde un enfoque coordinado en relación con los desplazamientos desde las zonas afectadas. Cualquier situación que dé lugar a la adopción de medidas deberá ser revisada periódicamente".
No es jurídicamente vinculante
Por último, se destaca que se trata de una mera recomendación y que no es jurídicamente vinculante en ninguno de los Estados miembros, ya que éstos siguen siendo responsables de aplicar el contenido de la recomendación.
El gobierno portugués aún no ha comentado si adoptará estas últimas recomendaciones.
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