Hay muchos inquilinos en el Algarve que tendrán que dejar sus viviendas alquiladas a largo plazo para que los propietarios puedan alquilarlas a corto plazo en verano; esta es una realidad que se está imponiendo en el Algarve desde hace muchos años. Lo que ocurre es que muchos propietarios sólo alquilan durante ocho meses a largo plazo, y luego aprovechan el verano para hacer buen dinero y alquilar a corto plazo.
Se trata de un problema muy complicado, sobre todo en zonas turísticas como el Algarve y Lisboa que, como consecuencia, ya no disponen de viviendas adecuadas y asequibles para los inquilinos de larga duración. Se ha hecho muy poco para atajar este problema. Recientemente, se ha dictado una sentencia judicial en la que se prohíbe el alojamiento local en apartamentos, pero esto no tendrá ninguna repercusión.
Prohibición del alojamiento local
En primer lugar, el mercado de alquileres a corto plazo de Portugal y el Alojamento Local (conocido como AL) han dado un gran impulso a la economía local, no sólo porque ha ayudado a acoger a muchos turistas que vienen a Portugal cada año, sino también porque ha contribuido a la renovación de edificios antiguos, especialmente en Lisboa y Oporto, así como en el Algarve y Madeira. Sin embargo, siempre existe la otra cara de la moneda y este mercado de alquileres a corto plazo ha empezado a ser criticado, ya que permite que haya menos casas y más caras en el mercado de alquileres a largo plazo.
Esto afecta no sólo a los que buscan una vivienda para alquilar, sino también a los vecinos que se quejan por los daños en las zonas comunes, el ruido y la falta de seguridad en sus edificios. En definitiva, estas quejas han acabado siendo objeto de una última decisión judicial que prohíbe estos AL en los pisos. En este sentido, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ha prohibido los alojamientos locales en apartamentos, pero esto no cambiará el escenario para ningún inquilino, ya que esta decisión sólo se aplica a los AL debidamente registrados y sólo los propietarios de apartamentos en el mismo edificio pueden llevar a su vecino a los tribunales por estos motivos.
Además, varios alquileres de corta duración no están registrados como alojamientos locales, aunque lo sean. "La ley prevé la posibilidad de hacer estos contratos de corta duración", explica Maria João Ribeiro, asesora jurídica de DECO. Sin embargo, muchos no lo hacen para evitar pagar impuestos.
En estos casos, "tiene que haber un contrato de alquiler que tiene que ser comunicado a Hacienda, y tiene que cumplir con todos los trámites de un contrato de alquiler, pero mientras se cumplan todos los requisitos, es legal hacerlo", dijo la asesora jurídica.
¿Alojamiento local o contrato de corta duración?
Desde el punto de vista del cliente, a la hora de reservar una semana en el Algarve, a veces la diferencia entre ambos puede no estar clara. El DECO señala que las plataformas de reserva online tienen que facilitar información sobre el número de registro del alojamiento local. Si no tienen este número de identificación, no son un AL. "Los consumidores deben comprobar si existe un número de registro. Si se trata de un AL oculto sin número de registro, los consumidores siempre pueden denunciarlo a los ayuntamientos, así como a ASAE y a Hacienda", dijo.
"Es el consumidor el que debe informarse porque estos establecimientos (AL) tienen que facilitar un libro de reclamaciones físico y deben tener acceso al libro de reclamaciones electrónico en el portal online, por lo que hay una serie de requisitos que deben cumplir y aconsejamos a todos los consumidores que se informen más antes de realizar cualquier tipo de contrato de este tipo, sobre todo a nivel de plataformas online, porque deben facilitar esta información", subrayó.
¿Cómo pueden protegerse los inquilinos?
De hecho, muchas de estas viviendas que se alquilan por tan solo ocho meses, no tienen nada que ver con el alojamiento local, ya que no están registradas como tal. Sin embargo, si el propietario no tiene contrato con los inquilinos, los que han pasado los ocho meses durante el invierno o los que han pasado una o dos semanas de vacaciones están actuando a la sombra de la ley. En estos casos, la mejor manera de que los consumidores se protejan es pedir un contrato, sugirió.
Por ley, aunque los contratos de alquiler de vacaciones pueden ser más cortos, los contratos de alquiler de vivienda deben tener una duración mínima de un año, renovable por un mínimo de tres años, lo que significa que muchos de estos contratos de vivienda de sólo ocho meses no están cumpliendo este requisito. Sin embargo, muchas veces estos contratos ni siquiera están por escrito. En estos casos, los inquilinos pueden tener que demostrar el pago de los alquileres si deciden llevarlos a los tribunales, por lo que es importante que los alquileres hayan sido pagados por transferencia bancaria o tengan recibos.
Si desea asesoramiento, no dude en ponerse en contacto con el DECO. Sin embargo, tenga en cuenta que el DECO sólo asesora cuando la relación es entre un consumidor y una empresa, nunca cuando el problema es entre dos particulares - "sólo cuando hay una entidad con ánimo de lucro de por medio", finalizó Maria João.
Paula Martins is a fully qualified journalist, who finds writing a means of self-expression. She studied Journalism and Communication at University of Coimbra and recently Law in the Algarve. Press card: 8252