Por su conectividad, la calidad de sus infraestructuras y su entorno acogedor, Portugal es un punto de atracción obvio para los trabajadores a distancia y los nómadas digitales, pero el trabajo a distancia puede tener implicaciones fiscales y de seguridad social relevantes.
Es prácticamente imposible profundizar en este asunto en un artículo conciso, pero hay un concepto clave que debe tener en mente: la residencia fiscal.
La importancia de este concepto radica en su consecuencia: pasar a estar sujeto a impuestos en Portugal sobre sus ingresos en todo el mundo, lo que significa que podría estar sujeto a impuestos portugueses sobre sus ingresos, además de cualquier impuesto que ya esté pagando o se espere que pague en el país de origen.
Residencia fiscal como trabajador a distancia
Según la legislación portuguesa sobre el impuesto de la renta de las personas físicas, se le considera residente fiscal si:
- Pasa más de 183 días, consecutivos o no, en Portugal en cualquier período de 12 meses que empiece o termine en el año fiscal en cuestión; o
- Independientemente de que pase menos de 183 días en Portugal, mantiene una residencia (es decir, una residencia habitual) en Portugal durante cualquier día del período antes mencionado.
La buena noticia es que las cuestiones de doble imposición pueden resolverse mediante la aplicación de los Tratados Fiscales que Portugal ha acordado con varias jurisdicciones.
Además de las desgravaciones por doble imposición y de la restricción de los derechos de imposición (que, en el caso de los rendimientos del trabajo, suelen prever la imposición en el lugar donde se ejerce el trabajo), los Tratados Fiscales prevén normas de desempate que consideran una jerarquía de factores para determinar el lugar efectivo de residencia fiscal, como la localización del domicilio permanente o el centro de intereses vitales, es decir, donde se encuentran los intereses personales y económicos del individuo, como la familia o el empleo.
Seguridad Social de los trabajadores a distancia
Además de estos aspectos del impuesto sobre la renta de las personas físicas, puede haber importantes consecuencias para la seguridad social. Por ejemplo, tras una exención inicial de 12 meses, todo trabajador autónomo establecido en Portugal debe pagar mensualmente cotizaciones a la Seguridad Social, calculadas a un tipo del 21,4 % sobre el 70 % de los ingresos medios de cada trimestre.
En cuanto a los trabajadores a distancia establecidos en Portugal que trabajen con un contrato de trabajo para una empresa extranjera, debe prestarse atención al hecho de que la entidad extranjera deberá establecer una nómina para garantizar el pago de las cotizaciones a la Seguridad Social (del 11%, a cargo del empleado, y del 23,75%, a cargo del empleador, sobre los ingresos brutos mensuales), siendo ésta la principal razón por la que las plataformas de empleador registrado han experimentado un auge en los últimos años. Además, y dependiendo del alcance exacto de las actividades o funciones del empleado, se debe prestar atención al riesgo de establecimiento permanente de la entidad extranjera en Portugal, con consecuencias fiscales y jurídicas.
¡Téngalo en cuenta!
Por último, pero no por ello menos importante, aparte de pagar impuestos y seguridad social, los trabajadores a distancia también pueden estar obligados a presentar una declaración anual del impuesto sobre la renta de las personas físicas y declaraciones trimestrales de la seguridad social (esta última sólo en caso de que sea autónomo).
Todo lo anterior sólo puede llevar a una conclusión: se recomienda un análisis a medida para cada deslocalización, teniendo en cuenta la perspectiva del autónomo/empleado y la perspectiva de la empresa a la que se prestan los servicios, al tiempo que se garantiza el cumplimiento de la normativa local.
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