Tras recibir una propuesta de los ayuntamientos, los propietarios de inmuebles vacíos "en condiciones de habitabilidad" dispondrán de 100 días para utilizarlos hasta que sean obligados al arrendamiento forzoso, según la propuesta que el Gobierno ha sometido a consulta pública.
"Los inmuebles de uso residencial calificados como vacíos", podrán "ser objeto de arrendamiento forzoso por parte de los ayuntamientos, para su posterior subarrendamiento en el ámbito de los programas públicos de vivienda", reza la propuesta publicada en la web Lex Consulta.
Para ello, el Gobierno determina que corresponderá a los ayuntamientos presentar una propuesta al propietario, que tendrá "un plazo de 10 días desde su recepción" para responder. En caso de negativa o falta de respuesta por parte del propietario, "y si el inmueble permanece desocupado durante otros 90 días, los ayuntamientos procederán al arrendamiento forzoso del inmueble", reza.
El Ejecutivo también explica que si el inmueble necesita obras, éstas también podrán ser realizadas "coactivamente por los ayuntamientos", realizándose la "indemnización a cuenta de las rentas debidas".
Como ya había adelantado el Ejecutivo, quedan fuera las "segundas residencias, viviendas de emigrantes o viviendas de desplazados por motivos profesionales, formativos o sanitarios", que sean "adquiridas para su reventa por personas físicas o jurídicas", así como aquellas que "formen parte de una empresa turística o estén registradas como establecimiento de alojamiento local" o que "acciones judiciales pendientes" impidan su uso.
Esta es una de las varias medidas incluidas en el paquete "Más Vivienda", presentado por el Ejecutivo el 16 de febrero y que está en consulta pública hasta el 10 de marzo. Las medidas costarán unos 900 millones de euros (sin contar el coste de obras, compras o alquileres que pueda pagar el Estado) con cargo a los Presupuestos Generales del Estado para 2023.