Según una nueva ley que aún necesita la promulgación del Presidente de la República, cualquier nuevo contrato que se firme no podrá superar el 2% del valor del último alquiler, según informa el Jornal de Negócios.
Para los especialistas del sector, la limitación no estaba clara, pero el Ministerio de Vivienda explica que lo que está en juego es el edificio y no el propietario. Es decir, aunque haya una transmisión de la propiedad, la limitación sigue aplicándose a ese inmueble.
En la práctica, además de que el inversor tendrá que "comprobar la existencia de hipotecas, gravámenes, servidumbres, contratos de arrendamiento [de bienes] u otras cargas", "tendrá que comprobar si hubo algún contrato de arrendamiento en los últimos cinco años y qué rentas cobró el anterior propietario", ya que "con la esperada publicación del paquete Mais Habitação, estará obligado a respetar el límite del 2% sobre la renta practicada en los últimos cinco años, incluso por otro propietario", explica Regina Santos Pereira, especialista en leasing e inmobiliario de SRS Legal.